¿Qué pasa si un rebrote te arruina las vacaciones? Estos son tus derechos

A nadie le gusta pensar que el coronavirus puede arruinarle las vacaciones, pero la posibilidad existe. Con agosto, el mes de descanso por excelencia, a la vuelta de la esquina, son muchos los españoles que contienen la respiración y se preguntan qué pasa si una segunda ola le fastidia la escapada.

Los consumidores siempre van a tener derecho al reembolso del precio de los servicios de los que no puedan disfrutar en caso de que se produzcan nuevas limitaciones a la movilidad o confinamientos. Así lo marca el artículo 36 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al covid-19:

‘Si como consecuencia de las medidas adoptadas por las autoridades competentes durante la vigencia del estado de alarma o durante las fases de desescalada o nueva normalidad, los contratos suscritos por los consumidores y usuarios, de compraventa de bienes o de prestación de servicios, incluidos los de tracto sucesivo, resultasen de imposible cumplimiento, el consumidor y usuario tiene derecho a resolver el contrato durante un plazo de 14 días desde la imposible ejecución del mismo siempre que se mantenga la vigencia de las medidas adoptadas y que motiven la imposibilidad de su cumplimiento’.

Esta normativa se aprobó durante el estado de alarma y extiende su ámbito de aplicación tras la modificación que introdujo el Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio. Éste abarca medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el covid-19. La versión actual del artículo 36 también recoge que los usuarios tienen derecho a resolver el contrato cuando su cumplimiento resulte imposible como consecuencia de las medidas adoptadas por las autoridades competentes durante las fases de desescalada o nueva normalidad.

¿Y si ya estás en el hotel?

En el caso de viajeros cuya movilidad quede restringida o se vean confinados una vez se encuentran en un lugar turístico de destino se abren dos posibilidades, a juicio de Facua. La organización de consumidores considera que aquellos que puedan regresar a su lugar habitual de residencia tienen derecho a recuperar el dinero del alojamiento y las excursiones turísticas que no hayan podido disfrutar, mientras que si se ven obligados a prorrogar su estancia más allá de las fechas contratadas, las administraciones públicas deberían hacerse cargo de su manutención y hospedaje.

FUENTE: El Confidencial

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