La presente Ley, con vigencia general desde 11 de julio y que transpone la Directiva 2016/1164, aborda diferentes ámbitos, como es el establecimiento de una norma general anti abuso, un nuevo régimen de trasparencia fiscal internacional, el tratamiento de las denominadas asimetrías híbridas, la limitación de la deducibilidad de intereses y la regulación de la llamada imposición de salida.
España ya regula esta figura tanto en la normativa del Impuesto sobre Sociedades como en la del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, pero en la Directiva se introducen algunas novedades que resulta necesario incorporar.
Impuesto sobre Sociedades
Entre otras modificaciones, se incluyen diversos tipos de renta susceptibles de ser objeto de imputación en este régimen que no estaban recogidos hasta este momento en la ley española tales como las derivadas de operaciones de arrendamiento financiero o de actividades de seguros, bancarias y otras actividades financieras. También se introduce la previsión de la Directiva de que cuando el traslado de activos haya sido objeto de una imposición de salida en un Estado miembro de la Unión Europea el valor determinado por ese Estado miembro será aceptado como valor fiscal en España, salvo que no refleje el valor de mercado. Finalmente, al margen de la Directiva, se establecen requisitos adicionales para que las sociedades de inversión de capital variable (SICAV) puedan aplicar el tipo de gravamen del 1 por ciento.
Impuesto sobre la Renta de no Residentes
Se introduce supuesto del traslado de activos al extranjero desde un establecimiento permanente situado en territorio español. En relación con el fraccionamiento, se añade un nuevo supuesto previsto de generación de un impuesto de salida para el caso de que se produzca un traslado, no de un elemento aislado, sino de «la actividad» realizada por el establecimiento permanente.
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
Entre otras reformas, se modifica el texto con la finalidad de que el o la adquirente de un bien a través de un contrato o pacto sucesorio se subrogue en el valor y fecha de adquisición que tenía dicho bien en el o la causante, siempre que el mismo se transmita antes del transcurso de cinco años desde la celebración del pacto sucesorio o del fallecimiento de este último si fuera anterior.
Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
Se modifica la base imponible del impuesto, sustituyendo el valor real por valor, concepto que se equipara al valor de mercado.
Impuesto sobre el Patrimonio
Añade cómo deben valorarse los seguros de vida cuando el tomador o la tomadora del seguro no tenga la facultad de ejercer el derecho de rescate.
Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
Se modifica la base imponible del impuesto, sustituyendo el valor real por valor, concepto que se equipara al valor de mercado. Se introduce la sujeción, a la modalidad de transmisiones patrimoniales, de las operaciones de las compras a particulares de artículos de oro y joyería por parte de comerciantes de este sector empresarial.
Mercado de Valores
Se suprimen las referencias del precepto al valor real en la valoración de bienes inmuebles, y se sustituye, a efectos del ITPyAJD, por el valor de referencia.
Impuesto sobre el Valor Añadido
Incorpora una serie de modificaciones con el fin de evitar interpretaciones erróneas que pudieran dar lugar a situaciones de abuso o fraude, en especial en materia de responsabilidad tributaria. Destaca la extensión del supuesto de responsabilidad subsidiaria del pago de la deuda tributaria que alcanza a quien ostente la titularidad de los depósitos distintos de los aduaneros correspondiente a la salida o abandono de los bienes de estos depósitos
Ley General Tributaria
Reconoce, entre otras reformas, la prohibición del establecimiento de cualquier mecanismo extraordinario de regularización fiscal que implique una disminución de la cuantía de la deuda tributaria, y, por tanto, una vulneración de los principios de ordenación del sistema tributario, plasmando así a nivel legal un claro parámetro de constitucionalidad, reconocido ya por el Alto Tribunal. También se aclara el régimen de devengo de intereses de demora en el caso de obtención de una devolución improcedente.
Medidas para la prevención del fraude fiscal
Se adecúa, de acuerdo con los nuevos parámetros internacionales, el término de paraísos fiscales al de jurisdicciones no cooperativas.
Regulación del juego
Destaca la habilitación de mecanismos adecuados para colaborar en la prevención y la lucha contra la manipulación de las competiciones deportivas y combatir el fraude que puede producirse en las apuestas deportivas.
Actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude (Ley 7/2012)
Se limita a 1.000 euros el pago en efectivo en las operaciones, en las que alguna de las partes intervinientes actúe en calidad de empresario o profesional.
Artículo original: Lefebvre