Dos años de largas negociaciones han sido necesarias para que finalmente el pasado 1 de febrero el Consejo de Ministros aprobase la nueva Ley de Vivienda, un proceso largo a la espera del trato parlamentario antes de que el escrito vea la luz. La Ley regulará diferentes ámbitos del sector, como ayudas, desahucios, alquiler, etc.
El objetivo de este proyecto de ley es proteger a los inquilinos, ayudar a los pequeños propietarios y exigir responsabilidad a los grandes propietarios.
Ventajas fiscales
Los pequeños propietarios, esto es, personas con menos de 10 viviendas en su poder, podrán beneficiarse de grandes descuentos e incentivos fiscales con el objetivo de bajar el precio de alquiler de las mismas. Uno de los planteamientos principales son las bonificaciones de hasta el 90% de las rentas que obtengan los propietarios que bajen el precio de su alquiler.
- Bonificaciones del 90 % para alquileres en áreas tensionadas.
- Bonificaciones del 70% para pisos que se alquilen por primera vez a jóvenes (18 – 35 años) o para contratos con mejoras o rehabilitación.
- Bonificaciones del 50% para todos los propietarios que alquilen una vivienda.
En este proyecto de ley las competencias serán reconocidas por las Comunidades Autónomas, teniendo el poder de solicitar herramientas para ayudar a hacer efectivo el derecho básico de vivienda.
Por otra parte, se propone un alza de impuestos en las viviendas vacías a fin de incentivar su alquiler. El Gobierno permitirá a los Ayuntamientos aumentar la tasa del IBI hasta un 150%. Esta medida afectara a los propietarios con más de cuatro viviendas en el mismo municipio que lleven vacías más de dos años, lo que podría suponer pagar 1.600 euros al año más de impuestos.
Las zonas tensionadas
Se define como propietario grande a las personas físicas o jurídicas que tengan más de 10 viviendas en su propiedad o con una superficie construida de más de 1.500 metros cuadrados. Los propietarios tendrán que adaptar el precio de sus alquileres al índice de referencia de la zona donde se encuentra para las viviendas situadas en las “zonas tensionadas”. La declaración de barrio o municipio de zona tensionada será establecida por el Estado y la Comunidad Autónoma.
Cuando un barrio o municipio sea declarado como zona tensa, ésta tendrá una duración mínima de tres años que irán prorrogándose de año en año para evitar una subida indiscriminada de los precios de alquiler. Por lo tanto, se ha establecido que el precio medio del alquiler en la zona sea más del 30% de los ingresos medios de los vecinos del barrio o zona. Estos datos se recogerán en un índice de referencia donde se especificará el precio de alquiler para los grandes propietarios, así como para los pequeños propietarios que quieran beneficiarse de ventajas fiscales.
Las prórrogas de contratos podrán solicitarse por el mismo precio inicial en un período de tres años mientras la zona siga declarada como zona tensionada. La subida de alquiler de un 10% solo será permitida por mejoras de la vivienda o contratos de larga duración.
Vivienda asequible incentivada
Este nuevo concepto hace referencia viviendas de propietarios privados que gozan de algunos beneficios con el fin de que se reduzca el precio del alquiler, incentivando la oferta a corto plazo.
Se trata de un novedoso concepto que servirá como mecanismo efectivo para incrementar la oferta de la vivienda a precios asequibles. Además, favorece a la participación del sector privado y del tercer sector a través de la instrumentación de beneficios de carácter urbanístico, fiscal…
Entre los otros temas que se tratan destacamos la reserva del 30% de las viviendas destinadas a alquileres públicos, la regulación de los desahucios a través de una mejora en la comunicación entre los jueces y los servicios sociales y la ampliación de plazos a dos meses o la imposibilidad de cambiar la calificación de vivienda pública estableciendo un periodo garantizado de 30 años.
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