Hacienda pone la lupa sobre las criptomonedas tras la anulación del Modelo 720

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Si bien el Congreso de los Diputados aprobó el pasado mes de julio de 2021 el Proyecto de Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el fraude fiscal, ahora Hacienda ha vuelto a poner el foco sobre el mercado de las criptomonedas y su actividad.

El texto recoge el castigo fiscal en los impuestos relacionados con los inmuebles, como Transmisiones, Sucesiones o Patrimonio. Además, limita los pagos en efectivo en efectivo a los 1.000 euros, en contra del criterio del Banco Central Europeo (BCE). La normativa aprobada, además, incluyó una fuerte subida de impuestos en Patrimonio y aquellas figuras relacionadas con la trasmisión de inmuebles.

Obliga a declarar las criptomonedas

La normativa enfatiza el control fiscal relacionado con el mercado de las criptomonedas, estableciendo nuevas obligaciones sobre la tenencia y manipulación de las mismas. En concreto, la ley exige “la obligación de informar sobre las monedas virtuales situadas en el extranjero”.

El texto obligaba a introducir todas estas operaciones en el extranjero a través del polémico modelo 720, el cual ha quedado revocado por la justica europea después de que el TJUE haya invalidado el carácter obligatorio de dichas actividades por considerar abusivas las multas que el Estado español imponía en caso de hacerlo incorrectamente.

Hasta entonces, no informar sobre la tenencia de monedas virtuales en el extranjero suponía una multa fija de 5.000 euros, aunque tras el pronunciamiento del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, los consumidores no tendrán obligación de hacerlo.

El caso es que, hasta el momento y a diferencia de lo que ocurre con los bancos y los intermediarios financieros, como los brókeres, era potestad de los ciudadanos cumplir con el fisco. Mientras que la banca española envía a la administración tributaria toda la información sobre operaciones bursátiles susceptibles de haber generado plusvalías, hasta ahora no existía obligación por parte de los intermediarios de criptomonedas. La situación era absolutamente anómala.

Misma obligación para los contribuyentes

Que el Modelo 720 hay sido derogado por el TJUE y ahora los contribuyentes no deban informar sobre sus actividades en el extranjero no les exime de presentar a la Agencia Tributaria sus eventuales plusvalías o minusvalías en el IRPF.

La Ley Antifraude lo dice muy claro: “Se introduce la obligación de informar sobre las monedas virtuales situadas en el extranjero”. Ya en las declaraciones de la renta efectuadas en 2019 la Agencia Tributaria envió unos 15.000 avisos sobre transacciones con criptomonedas. Exigió datos a bancos, intermediarios financieros, casas de cambio y empresas que admiten este tipo de pagos, completando esta información con la trasladada por autoridades de otros países.

Comprar con tarjeta, clave en el rastreo de Hacienda

Aunque la acción de adquirir criptomonedas no obliga a quien lo hace a notificar la actividad a la Agencia Tributaria, el hecho de convertirlo en un hecho habitual puede significar un indicio a movimientos futuros que sí tendrían que cumplir con las obligaciones fiscales pertinentes, indistintamente de si se trata de venta o conversión a otras monedas digitales.

El rastro que deja la compra de estas divisas a través de una tarjeta bancaria, ya sea de débito o crédito, hace que la Agencia Tributaria se fije en ti y en los movimientos que estás realizando.

Por todo ello, por la complejidad que supone la trata de criptomonedas, así como las complicaciones fiscales que puedan surgir derivadas de esta actividad, lo más recomendable es ponerse en manos de expertos fiscalistas y tributarias, como ocurre con Jurand Abogados y su equipo especializado.

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