Una vez aprobados los SEPG:Proyecto de Presupuestos Generales del Estado 2022 (hacienda.gob.es), el escrito ha derivado en una serie de modificaciones relacionadas con el régimen fiscal que afecta tanto a trabajadores como autónomos y empresarios.
En un intento de compilar todas estas novedades, a continuación ofreceremos las principales claves relativas a la nueva fiscalidad española, así como su normativa y jurisprudencia, que afectarán a empresarios y autónomos durante el presente curso.
Principales claves para autónomos y empresas
- Límite de aportaciones en los planes de pensiones. Con la vista puesta en aumentar los plantes de pensiones para el empleo, el Gobierno ha incrementado las deducciones 500 euros, llegando los beneficios fiscales hasta los 8.500. Para los autónomos, los planes de pensiones individuales bajan 500 euros y solo podrán deducirse hasta 1.500 de sus aportaciones.
- Aumento de la cuota de autónomos. Los trabajadores por cuenta propia que coticen por la base mínima tendrán que pagar una cuota mensual de 294 euros, de manera que aumenta en ocho euros con respecto al año anterior. Por su parte, los autónomos societarios experimentarán una subida de 6,36 euros, pasando a pagar un total de 377,87.
- Apuesta por el emprendimiento. Siendo la creación de nuevas empresas y el emprendimiento de las mismas uno de los objetivos impuestos en los Presupuestos Generales del Estado 2022, la Ley de Fomento del Ecosistema de las Empresas Emergentes ha aumentado el límite de la retribución de 12.000 euros a 50.000 euros en 2022. Además, crece la deducción por inversión en nuevas compañías al 50%, frente al 30% de 2021.
- Impuesto sobre Sociedades en grandes empresas. Para las empresas que facturen cifras superiores a los 20 millones de euros, el tipo mínimo será del 15%. El objetivo de esto es evitar que el tipo efectivo de gravamen no se aleje del tipo nominal, como ocurre en PYMES.
- Lucha contra el fraude fiscal. Una de las finalidades de la Ley General Tributaria radica en potenciar el pago voluntario, de manera que se reducen los recargos por declaraciones extemporáneas y se favorece la regularización espontánea por parte del contribuyente. Concretamente, el texto expone tres formas de hacerlo:
- Disminución de las sanciones por acuerdo y pronto pago.
- Se permite la salida de la lista de deudores.
- Exoneración del ingreso del recargo.
- Regulación de las SIVAC. Han sido uno de vehículos más utilizados para el patrimonio de las grandes fortunas, puesto que su tributación puede ser del 1%. Con el cambio de regulación fiscal, para el cómputo de los 100 socios, solo se computan aquellos que sean titulares de acciones por importe igual o superior a 2.500 euros.
- Plusvalía municipal. Con la nueva regulación aprobada a raíz del Real Decreto Ley 26/2021, se ofrece un sistema para que el contribuyente pueda optar por la estimación directa del incremento de valor. Además, también se gravan las plusvalías generadas en menos de un año y se establece un nuevo supuesto de no sujeción para las transmisiones en las que se acredite inexistencia de incremento de valor.
- Regulación para los no residentes. A partir de los PGE22, ya no existe la obligación de nombrar representante a las personas residentes o entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en otro Estado miembro de la Unión Europea.
- Las criptomonedas tras la sentencia del TJUE sobre el Modelo 720. Aunque desde 2021 estaba prevista la obligación de declarar la tenencia de criptomonedas en el extranjero por un valor superior a 50.000 euros, la ausencia de modificaciones en el Reglamento de Gestión e Inspección y el Modelo 720 impide el cumplimiento de esta obligación.
- Ventas online en el extranjero. Para aquellas personas que vendan productos a través de internet y hayan superado los 10.000 euros en transacciones con otros países miembros de la Unión Europea, deberán darse de alta en alguno de los regímenes especiales.