Para autónomos y empresarios suele convierte en todo un reto llevar al día las presentaciones obligatorias del calendario fiscal de cada año. Y ni que decir tiene poder anticiparse a ellas. Ya que a sus obligaciones y quehaceres diarios, la realización de estas gestiones requiere de un tiempo extra considerable del que no siempre se dispone. Por eso, el equipo de JURAND, expertos en planificación fiscal y asesoría tributaria en Granada y Madrid, nos encargamos de asesorar a nuestros clientes. Trabajamos para asegurarnos de que éstos estén al día del calendario de impuestos. Y así puedan dedicar todo su tiempo a ocuparse de sus negocios en lugar de estar pendientes y preocupados de rellenar y presentar todos los impuestos pertinentes. Además, les ofrecemos información actualizada para que puedan tomar las mejores decisiones para su empresa. Este último aspecto se vuelve especialmente importante durante la crisis del Covid-19.
¿Qué presentaciones del calendario de impuestos deben hacerse en abril de 2020?
Aunque nos encontremos ya en abril, nunca viene mal recordar las fechas más señaladas del calendario de impuestos 2020 a partir de este mes. De esta manera los autónomos y empresas pueden anticiparse a las presentaciones obligatorias de su calendario de impuestos.
A partir del dos de este mes se puede presentar la autoliquidación del modelo 100 (Declaración de la Renta), y del modelo 714 (Declaración de patrimonio), solo de manera online.
Por otra parte, al haber pasado ya el primer trimestre del año, el día 20 de este ver tocaría volver a presentar los modelos que corresponden a enero, febrero y marzo relativos a las retenciones de los modelos 111 y 115; para la autoliquidación del IVA con el modelo 303, o 309 en caso de operaciones no periódicas no incluidas en ese modelo; el modelo 349 de operaciones intracomunitarias y los pagos fraccionados de la renta con los modelos 130 o 131. Mientras que en el caso de las pymes, deberán entregar el pago fraccionado del impuesto de sociedades con el modelo 202.
No obstante, tal y como apuntábamos en una entrada anterior de nuestro blog, dadas las circunstancias actuales y la presente crisis provocada por el coronavirus (Covid-19), el Gobierno ha dado luz verde en el Consejo de Ministros del 14 de abril a una moratoria por la cual quedan prorrogados tales requerimientos.
De acuerdo con el Real Decreto-ley 14/2020, quedan prorrogados los plazos de presentación e ingreso de determinadas declaraciones y autoliquidaciones tributarias para empresas con volumen de operaciones no superior a 600.000 euros.
De la misma manera, las fechas que aparecen a continuación pueden ir modificándose en función de cómo vayan ocurriendo los acontecimientos relativos al Covid-19.
Presentaciones relativas a mayo 2020
A partir del día 14/05 se inicia el plazo para presentar el modelo 100 (Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas) de manera presencial en las oficinas de la AEAT o de forma telefónica. No obstante, estas fechas podrían modificarse en función de la extensión del estado de alarma implantado por el Gobierno para intentar frenar la expansión del coronavirus.
Presentaciones de junio 2020
El 25 de este mes finaliza el plazo de domiciliación bancaria de declaraciones (modelos 100 y modelo 714) con resultado a ingresar. Por otra parte, el 30 de junio es cuando termina el plazo para la presentación de las declaraciones de renta y patrimonio.
Presentaciones Julio 2020
El día 20 de julio las empresas y autónomos deberán presentar los modelos trimestrales que corresponden al IVA, a las retenciones del IRPF, las operaciones intracomunitarias y los pagos fraccionados que correspondan al segundo trimestre del 2020.
El día 25 de este mismo mes también es la fecha límite para que las empresas puedan presentar el modelo 200, relativo a la declaración anual del impuesto de sociedades (que corresponde al 2019).
Presentaciones que deben hacer las empresas y autónomos octubre 2020
En octubre cuando vuelven las obligaciones fiscales trimestrales. Se tiene de plazo hasta el día 20 para presentar los modelos correspondientes al tercer trimestre del año del IVA, las retenciones del IRPF, las operaciones intracomunitarias y los pagos fraccionados del Impuesto de Sociedades.
Presentaciones diciembre 2020 del calendario de impuestos
Como cada año, el último mes tiene lugar el cierre contable. Para entonces, toda la información sobre ingresos, gastos, beneficios que Hacienda debe conocer de la empresa, y que encontramos en los distintos modelos del calendario de impuestos, deberán estar ya presentados.
Hasta el día 20/12 se podrá presentar el modelo 202 del pago fraccionado del Impuesto de Sociedades.