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Aprobado un nuevo Proyecto de Ley contra el fraude fiscal: Claves y medidas

fraude fiscal

El Congreso de los Diputados ha aprobado el Proyecto de Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal. Los legisladores terminan así con la tramitación parlamentaria de esta normativa. El texto recoge el castigo fiscal en los impuestos relacionados con los inmuebles, como Transmisiones, Sucesiones o Patrimonio. Además, limita los pagos en efectivo en efectivo a los 1.000 euros, en contra del criterio del Banco Central Europeo (BCE).

La normativa aprobada, impulsada por la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, esconde una fuerte subida de impuestos en Patrimonio y aquellas figuras relacionadas con la trasmisión de inmuebles. La normativa consolida las elevadas tasaciones que hacen las Haciendas autonómicas. El texto formaliza, en contra del criterio del Tribunal Supremo, que el Catastro establezca el valor de los inmuebles que sirve como base imponible a la hora calcular la liquidación de los impuestos.

 

Obliga a declarar las criptomonedas

La normativa introduce un refuerzo en el control fiscal sobre el mercado de criptodivisas, estableciendo nuevas obligaciones de información sobre la tenencia y operaciones con monedas virtuales. En concreto, la ley exige “la obligación de informar sobre las monedas virtuales situadas en el extranjero”.

Es decir, obligará a introducir estas operaciones en la declaración de bienes en el extranjero, el polémico Modelo 720. Este modelo se encuentra actualmente en estudio por la Justicia europea tras el dictamen motivado de Bruselas en el que cuestiona su aplicación por, entre otros asuntos, las elevadas multas que establece, que pueden llegar hasta el 150%. Según ha podido saber este periódico, se espera que el Abogado General presente las conclusiones sobre este asunto este mes.

En el caso de incumplimiento de la obligación de informar sobre las monedas virtuales situadas en el extranjero, la sanción consistirá en multa pecuniaria fija de 5.000 euros por cada dato o conjunto de datos referidos a cada moneda virtual individualmente considerada según su clase que hubiera debido incluirse en la declaración o hubieran sido aportados de forma incompleta, inexacta o falsa, con un mínimo de 10.000 euros.

La sanción será de 100 euros por cada dato o conjunto de datos referidos a cada moneda virtual individualmente considerada según su clase, con un mínimo de 1.500 euros, cuando la declaración haya sido presentada fuera de plazo sin requerimiento previo de la Administración Tributaria. Del mismo modo se sancionará la presentación de la declaración por medios distintos a los electrónicos, informáticos y telemáticos cuando exista obligación de hacerlo por dichos medios.

Entre las novedades introducidas en las enmiendas del Senado, está la reforma de la suspensión temporal de los plazos de prescripción de acciones y derechos previstos en la normativa tributaria por motivo del Covid. Ahora, la ley limita los efectos de esta medida a aquellos plazos de prescripción que, sin tener en cuenta dicha suspensión, finalicen antes del día 1 de julio de 2021.

 

Límite al efectivo

Entre las medidas que se incluyen en el texto se encuentra la limitación del pago en efectivo para determinadas operaciones económicas, que pasa de 2.500 a 1.000 euros, en el supuesto de operaciones en el que interviene un empresario o profesional. A su vez, se disminuye el límite de pago en efectivo de 15.000 a 10.000 euros en el caso de particulares con domicilio fiscal fuera de España. El Banco Central Europeo (BCE) rechazó el 1 de febrero de 2019 el límite de 1.000 euros para el pago en efectivo que ahora ha aprobado el Congreso. El entonces presidente del BCE, Mario Draghi, envió un dictamen a España en el que pidió al Gobierno el freno de la medida y alertó de serios riesgos para la moneda europea y determinados sectores económicos.

 

Castigo a las ‘herencias en vida’

La normativa recoge un castigo a los pactos sucesorios -el reparto de herencias en vida- al eliminar varias de sus ventajas. Los sucesores de los contribuyentes que escojan esta opción para legar sus bienes sufrirán un incremento en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) que afectará, incluso, a los pactos sucesorios ya firmados antes de que entre en vigor la ley.

La ley aprobada hoy modifica el artículo 36 de la ley del IRPF. Hacienda usará los precios de adquisición antiguos y no los del momento de la firma del pacto sucesorio para calcular la ganancia patrimonial del heredero. El nuevo redactado establecerá que si se transmite el bien antes del fallecimiento del donante, se usará la misma fecha y valor de adquisición que tenía el donante para calcular la ganancia o pérdida en IRPF, aunque el pacto sucesorio se haya formalizado muchos años antes. De esta forma, Hacienda imputará grandes beneficios a los sucesores, puesto que los precios de compra antiguos son mucho menores que los actuales.

FUENTE: ElConfidencial

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