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Análisis de la nueva regulación de la eutanasia en España

Análisis de la nueva regulación de la eutanasia en España

En diciembre del pasado año, el Pleno de la Cámara Baja daba luz verde a la proposición de ley de la regulación de la eutanasia en España.

Con 198 votos a favor, frente a 138 en contra (PP y VOX) y 2 abstenciones, España se sumaba entonces al grupo de países que facilita y regula la eutanasia; una ley entendida como el derecho de una persona, en condiciones extremas, a solicitar ayuda para acabar con su vida.

Qué regula la Ley de la Eutanasia en España

La proposición de ley orgánica que impulsa el PSOE, establece las exigencias, garantías y condiciones necesarias para pedir y recibir asistencia para morir.

Esta ley regula dos acciones, la eutanasia y el suicidio médicamente asistido. Ambos derechos son muy similares, ya que el fin es el mismo.

En la eutanasia es un médico el que administra los medicamentos que van a provocar la muerte. Mientras que en el suicidio médicamente asistido, el facultativo suministra el producto, que finalmente es ingerido por el afectado. Salvo esta distinción, la regulación de esta ley es la misma.

Esta ley trata de compaginar el derecho constitucional a la vida con los derechos, también constitucionales, a la integridad física y moral; a la dignidad humana; al valor superior de la libertad; a la intimidad y a la libertad ideológica y de conciencia.

¿Cuándo entrará en vigor la Ley de la Eutanasia en España?

Después de superar el trámite del Senado, la norma entrará en vigor tres meses después de su publicación en el BOE, aproximadamente en el mes de abril de este año.

Con la entrada en vigor de esta ley se modifica el Código Penal. Se cambia el apartado 4 y se añade un apartado 5 al artículo 143 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, con el objeto de despenalizar las conductas eutanásicas en los supuestos y condiciones establecidos por la nueva ley.

Requisitos para beneficiarse del derecho a la eutanasia

¿Quién podrá solicitar la eutanasia o el suicidio médico asistido? Según la nueva regulación de la eutanasia en España, cualquier persona puede solicitar y recibir ayuda para morir, siempre y cuando se cumplan los requisitos que encontramos en el capítulo II de la propuesta de ley.

También se aceptarán aquellos casos en los que un médico responsable del caso considere que el paciente no está en sus plenas facultades y no puede dar conformidad “libre, voluntaria y consciente” para realizar la solicitud. Siempre que haya manifestado su voluntad de que se le practique la eutanasia en un documento legalmente reconocido. Por ejemplo, el testamento vital o las voluntades anticipadas.

¿Cómo solicitar la eutanasia o el suicidio médico asistido?

La petición de esta prestación se tendrá que hacer por un medio que deje constancia (por norma general, el escrito), con fecha y firmado en presencia de un profesional sanitario por el paciente, o alguien en su lugar que cuente con su beneplácito. El solicitante podrá revocar su decisión o pedir un aplazamiento en cualquier momento, quedando todo ello recogido en su historia clínica.

Si la solicitud se rechaza, se podrá presentar en los siguientes 15 días hábiles una reclamación ante la Comisión de Garantía y Evaluación. Este órgano deberá crearse en cada comunidad autónoma para velar por el correcto desarrollo y cumplimiento de la ley en todo este proceso.

El capítulo IV establece los elementos que permiten garantizar a toda la ciudadanía el acceso en condiciones de igualdad a la prestación de ayuda para morir, incluyéndola en la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y garantizando su financiación pública y su prestación también en centros privados o en el domicilio.

 

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