El Gobierno ha alcanzado un principio de acuerdo con las patronales CEOE y Cepyme y los sindicatos CC OO y UGT para prorrogar las nuevas condiciones de los expedientes de regulación de empleo (ERTE) por la crisis del Covid hasta el 28 de febrero, un mes más de lo barajado inicialmente.
Este principio de acuerdo quedó pendiente de la ratificación por parte de las organizaciones patronales y sindicales que así lo requieran para que el Gobierno pueda aprobar el real decreto casi con toda seguridad en el Consejo de Ministros de hoy. De hecho, la patronal CEOE-Cepyme dio el visto bueno a este acuerdo “por unanimidad” poco antes de las 23.00 horas de este lunes.
En cuanto a la vinculación entre las cuantías de las nuevas exoneraciones de cotizaciones y la impartición de programas de formación a los trabajadores en ERTE, algo que los empresarios rechazaban, ha quedado de la siguiente manera: En empresas de más de 10 trabajadores con expedientes de limitación, las exoneraciones serán de un 40% en el caso de que no se imparta formación y de un 80% en el caso de que sí se imparta. Mientras que en empresas de hasta 10 empleados dichas exoneraciones de cuotas a la Seguridad Social serán del 50% si la empresa se niega a formar a sus trabajadores y del 80% si se imparten acciones formativas. En los ERTE de impedimento (cuando ejercer la actividad está prohibido por razones sanitarias), las exoneraciones para todas las empresas serán del 100%.
En las compañías de entre 10 y 49 trabajadores las acciones formativas deberán ser de 30 horas de duración; y en las de más de 50 empleados, de 40 horas. Estas actividades de formación se financiarán con un incremento de crédito para la financiación en el ámbito de la formación programada (la recogida en la Ley 30/2015 por el que se regula el sistema de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral).
Otra de las novedades de este acuerdo es que el conocido como ‘contador a cero’ –que consiste en que la prestación por desempleo que reciben los trabajadores en ERTE no consume los derechos de paro previos a los expedientes por Covid– se amplía hasta el 31 de diciembre. Esto quiere decir que los afectados por ERTE que sean despedidos a partir del 1 de enero de 2023 podrán cobrar todas las ayudas de paro generadas antes de la crisis.
También se recupera la prestación extraordinaria para las personas con contratos fijos discontinuos y se garantiza el contador a cero para este colectivo, que antes no estaba garantizando. Asimismo, se mantiene la cuantía de la prestación por desempleo en el 70% de la base reguladora durante toda la vigencia del acuerdo.
También se mantienen las condiciones de acceso a la prestación, aunque no tengan el tiempo requerido cotizado, la obligación del mantenimiento del empleo por parte de las empresas; la prohibición de que los trabajadores en ERTE realicen horas extras así como nuevas contratas o subcontratas; y la prohibición del reparto de dividendos en compañías con estos expedientes. Todos estos requisitos se han mantenido a lo largo de las sucesivas prórrogas.
Además, se regulan medidas extraordinarias para las empresas y personas trabajadoras de las islas Canarias afectadas por la erupción volcánica, con condiciones en ERTE con derechos y garantías reguladas para los ERTE por COVID-19.
FUENTE: CincoDías