Las redes sociales llevan más de quince años entre nosotros. Todos nos hemos acostumbrado a ellas, tanto que se han convertido en parte de nuestro día a día. Las utilizamos para publicar nuestros viajes, fiestas, comidas o simplemente, para mostrar lo que hacemos en cada momento. Pero por desgracia, cada vez es más normal encontrar casos de acoso en redes sociales, y no solo en menores. ¿Cuándo un comportamiento sospechoso pasa a considerarse delito?
En Jurand Abogados y Consultores tributarios contamos con un equipo de abogados especializados en derecho penal tecnológico y delitos informáticos. También trabajamos la reputación online, el honor y la intimidad.
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Diferencias entre ciberacoso, ciberacoso sexual y ‘ciberbullying’
A veces parece que en Internet todo vale. Los acosadores se esconden detrás de una pantalla para agredir a sus víctimas y llevar a cabo el ciberacoso, el ciberacoso sexual o ciberbullyng.
El ciberacoso se da entre dos o varios adultos en un sentido estricto. El ciberacoso sexual se produce cuando se suman comentarios o actos con finalidad sexual. Mientras que el ciberbullyng implica que el acoso se da entre menores.
Para que se considere acoso, debe producirse de manera reiterada alguna de estas conductas: Persecución, búsqueda de cercanía de la víctima, intención de querer establecer contacto con ella, mal uso de datos privados y personales, atentar contra la libertad y patrimonio de la persona. También puede darse lo siguiente:
-Difundir mentiras o publicar fotografías vergonzosas de la persona acosada en redes sociales
-Enviar mensajes hirientes o amenazas en Internet
-Hacerse pasar por otra persona y dañar su imagen
Otros delitos comunes de acoso en redes sociales
- Sexting: Difundir, revelar o ceder a terceros imágenes o grabaciones audiovisuales de otra persona sin el previo consentimiento de la misma.
- Delito contra la integridad moral:Trato degradante a la persona, produciendo a la misma un menoscabo a su integridad moral.
- Delito de injurias y calumnias:Acto consistente en imputar a alguien un delito a sabiendas de que no lo hizo y podemos definir injurias como la acción o expresión que lesiona la dignidad de otra persona. Se considera delito cuando se realicen con publicidad y se propaguen a través de medios públicos.
- Delito de amenazas: Cuando se amenaza sobre un daño que sufrirá si no hace aquello que le pide.
Delito de ciberacoso, ¿qué es?
El acoso en redes sociales, y en Internet en general, es un delito penal que puede conllevar pena de prisión de tres a dos años, o multa de seis a veinticuatro meses.
Si el ciberacoso se hace contra una persona que por su edad, enfermedad o situación es especialmente vulnerable, se impondrá directamente una pena de prisión de seis meses a dos años.
En el caso de que la víctima y acosador hayan tenido un relación, o cuando los mensajes de acoso se dirigen a descendientes, ascendentes o familiares del excónyuge, se impondrá una pena de prisión de uno a dos años. O bien trabajos en beneficio de la comunidad de 60 a 120 días.
Todo esto se encuentra regulado en el articulo 172 ter del Código Penal.
¿Qué hacer si sufro acoso en redes sociales?
Si estás sufriendo acoso en redes sociales te recomendamos:
-Certificar los mensajes del acosador
-Reúne pruebas, mensajes de texto y capturas de pantalla de las publicaciones en las redes sociales
-No borres ninguna prueba
-Denuncia el acoso a la Unidad de Delitos Informáticos de la Policía y no borrar ninguna prueba
Para evitar el acoso es recomendable no hablar por privado ni mandar fotografías a desconocidos. Si eres menor de edad, comparte con tus padres este problema, te ayudarán a hacerle frente y denunciarlo.
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