La Agencia Tributaria ha desarrollado un procedimiento excepcional para la obtención de NIF por entidades de forma no presencial durante la vigencia del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Para facilitar la gestión de la obtención de un NIF provisional durante el tiempo que se mantenga el estado de alarma, se ha desarrollado un sistema que permite prestar el servicio a la ciudadanía, sin necesidad de que deban efectuar la gestión presencialmente ni vean mermadas las garantías exigidas por la norma.
Así, todas aquellas entidades que sean de reciente constitución y que tuviesen pendiente el trámite de la obtención de NIF provisional y que por razón de las circunstancias no han podido solicitarlo por la vía ordinaria como viene siendo habitual, podrán solicitar el mismo para poder empezar a operar en el tráfico jurídico.
Desde el Departamento de Consultoría Tributaria de JURAND seguimos atendiendo las dudas que puedan surgir en este ámbito. Asimismo, como colaboradores sociales de la Agencia Tributaria prestamos soporte tanto a personas físicas como jurídicas en todos sus tramites o dudas relacionados con la misma.